El nuevo estatuto de la abogacía obliga a estar colegiado para defenderse uno mismo (antes no era necesario), pero se sigue pudiendo. De hecho, el estatuto indica (art. 56.3):
"Los profesionales de la Abogacía que se hallen procesados o imputados y se
defiendan a sí mismos o colaboren con su defensor usarán toga y, en este caso, ocuparán
el sitio de los profesionales de la Abogacía."
Un abogado en ejercicio puede defenderse a sí mismo en un tema penal...?
Un abogado en ejercicio puede defenderse a sí mismo en un tema Penal...? creo que la LOPJ ha cambiado a partir del 1 de Julio del presente...Es así....?