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último día plazo

5 Comentarios
 
27/11/2023 08:32
pacog
Pues sí, amigo, ya no apuro más que está bien la cosa. Mi jefe empresario estará pensando que del acto de conciliación, por el tiempo que hace ya casi un año, salí sin avenencia e indispuesto para demandarle en el juzgado. ¡Sorpresa! Gracias amigo.
27/11/2023 08:19
Lleva razón, el plazo para reclamar cantidad es de un año y de PRESCRIPCIÓN. La papeleta de conciliación interrumpe el plazo, no lo suspende (como lo haría si fuese de CADUCIDAD). Se vuelve a reiniciar desde la celebración del acto de conciliación. El plazo terminaría el día 1 de diciembre, pero tampoco hace falta apurar tanto....
27/11/2023 00:44
Jamgrrhh28
En el momento que se celebra el acto de conciliación, el plazo de 1 año para reclamar se reinicia (desde cero). Luego entonces repito mi pregunta a ver si alguien me contesta: si el acto de conciliación se celebró el 1 de diciembre de 2022 y, por tanto, interrumpió la prescripción, ¿tengo hasta el 1 de diciembre de 2023 para poner la demanda en el juzgado? Gracias
26/11/2023 23:49
Jamgrrhh28
Claro claro. La parte contratante de la primera parte será considerada como la parte contratante de la primera parte.
26/11/2023 22:10
Pues a saber...
La reclamación de cantidad es desde el hecho causante tendría usted un año para reclamar pero desde el hecho causante, no desde que se celebró la conciliación, desde la celebración de ésta se reanuda el plazo del cual hay que descontar desde el hecho causante hasta la celebración del acto de conciliación.
último día plazo
26/11/2023 21:40
Hola amigos. Si tuve un acto de conciliación laboral por reclamación de cantidades el 1 de diciembre de 2022, el último día para presentar la demanda en el juzgado¿Es el 1 de diciembre de 2023 o el 30 de noviembre de 2023?
Gracias a todos.