Dando por sentado que la fecha de firma es la fecha de entrada en vigor, tiene usted derecho a prórrogas legales hasta el 11-8-24. Una vez terminado el plazo, el casero puede decidir no renovar el contrato. Para ello deberá preavisarle con cuatro meses de antelación (art. 10 LAU), y si no lo hiciere, tendrá derecho a tres años adicionales.
A veces este preaviso ya está en el previsto en el propio contrato, verifíquelo.
En todo caso, ponga la fecha exacta de firma del contrato, por si le ampara la prórroga forzosa de seis meses del último decreto anticrisis "guerra de Ucrania" de 27-12-22 (BOE 28).
Buenas, tengo un contrato de vivienda habitual que se se firmó después de la última LAU. Es un contrato de 5 años. Una vez finalizado, ¿el dueño puede echarme para vender el piso si lo comunica con tiempo? ¿No tengo ninguna prórroga? Gracias.