En el mismo testamento se puede hacer constar que "el administrador ostente tanto las facultades de mera administración como las de disposición, tanto de bienes muebles como de inmuebles, sujetándose siempre en el ejercicio de dichas facultades a las normas que rige la figura de la tutela. Si tú en herencia dejas cuentas bancarias con saldo, evidentemente que el tutor también tendrá que administrar el dinero en función de las necesidades que tenga el menor. Te aconsejo que te dirijas a una Notaría o a un abogado para concretar tu situación. Un saludo.
Muchas gracias dakota.
Esta persona solo podria administrar los bienes?? y si mi hijo necesita dinero, se lo tendria que pedir a esta persona??
Gracias de nuevo y un saludo
Pienso, salvo mejor opinión, que sería conveniente que hicieras testamento y en el mismo nombrases a un tercero de confianza que actúe como Administrador de los bienes que herede tu hijo hasta su mayoría de edad. Un saludo
Buenas tardes, estoy separada y tenemos los dos la patria potestad y yo la guarda y custodia, pero si a mi me pasa algo no quiero que su padre pueda tocar mis bienes, que tengo que hacer para nombrar un tutor que proteja los bienes hasta que mi hijo tenga la mayoria de edad.??
Gracias por su tiempo y un cordial saludo.