buenas tardes, he pusto este mismo mensaje en otro foro pero como parece que no es al que corresponde, lo pongo aqui a ver si alguien me puede ayudar.
tengo una duda y como se que aqui hay muchas personas que saben del tema quiero exponerlo en este mensaje a ver quien me puede ayudar.
resulta que tengo un familiar que tiene una incapacidad del 79 por ciento, está soltero y es huerfano de padre y madre, no tiene hermanos, solo parientes cercanos.
tambien tiene propiedades y dinero a su nombre.
lo cuida un primo que ademas se ha acogido a la ley de dependencia y le pagan por ello.
ahora ese primo quiere tener un poder a su nombre para según dice no tener que estar de aqui para allá cuando tiene que firmar algun papel o hacer algo que justifique una firma de la persona discapacitada.
por eso está pidiendo a todos los familiares cercanos que se la den. (posibles beneficiados de la fortuna cuando fallezca)
la mayoria de familiares han sido citados en el juzgado para que den o no el consentimiento.
¿todo esto como va?
¿se le otorga el poder segun cuantos esten a favor o en contra o tiene que ser por la totalidad de las personas citadas?
este primo si consigue el poder ¿podra hacer y deshacer lo que quiera respecto a los bienes del discapacitado?
como vender propiedades, sacar dinero de cuentas etc.etc..
¿tiene que justificar al resto de los familiares lo que hace con respecto a los bienes de discapacitado?
muchas gracias a quien me responda.
hola miriam, es disminuido fisico y psiquico, tiene dificultades para expresarse, aunque entiende practicamente todo, pero no puede leer ni escribir.
tambien es disminuido fisico pues apenas puede mover la parte de arriba de su cuerpo, de cintura para abajo es invalido total, las manos tampoco las maneja bien por lo que en los documentos solo puede poner la huella cuando esto está permitido.
tiene una inteligencia como un niño de 10 años mas o menos.
a ver si con estos dastos me puedes decir algo mas o alguien sabe algo mas de esto.
gracias
Habréis de instar un procedimiento judicial de incapacitación, se nombrará tutor o curador del incapaz o un consejo de familia.
lo que te preocupa puede ser la venta. Tan mal lo pones que no creo que ningún notario acptase su firma. Si está incapacitado judicialmente a la hora de vender ha de dar el visto bueno el juez.