Si te lo tomas con profesionalidad , si que aprendes , en civil , la mayor parte de las causas son causas perdidas, pero si tienes ganas de aprender encontrarás , en algunos casos estrategias de defensa, que prosperan . Verás los errores de la otra parte, en los que basarás tu defensa.
En otros casos , al recibir la St. comprobarás los tuyos propios , de los que tomarás buena nota.
Hola!!! he mirado las normas reguladoras del turno oficio de mi colegio y fueron aprobadas por la junta de gobierno en el 2006, presentare el escrito solicitandolo haber que dicen. En cuanto a la experiencia no tengo mucha solo he asistido a un par de vistas de menores en sustitución de compañeros y las dos fueron conformidad. He acompañado muchas veces a compañeros a las guardias de los turnos de oficio y mas o menos he visto como van, pero claro cuando realmente se aprende es estando solito....
Este turno me han dicho que casi siempre son conformidades y que no aprendes mucho.
Muchas gracias por responder Data y Abogada.
Un saludo
Creo que además de los tres años de ejercicio, al menos en mi colegio, si no has cursado la escuela jurídica, que son dos años, te piden que hayas resuelto como directora 10 asuntos del turno al que quieras pertenecer, lo ponen bastante dificil. Un saludo
hola!!! soy abogada, en marzo va a hacer 2 años que me colegie y para acceder al turno de oficio ahora exigen 3 AÑOS de ejercicio profesional y los cursos de especialización, tengo todos los cursos y en concreto el de menores lo hice en 2001, me han dicho que haga un escrito solicitando el acceso a este turno ya que no estaba en vigor la ley que exigia los 3 años de ejercicio cuando realice dicho curso. El problema es que no encuentro la ley que exige esos requisitos, lo unico que he encontrado es una ORDEN DE 3 JUNIO 1997 DEL MINISTERIO DE JUSTICIA DONDE ESTABLECE COMO UNO DE LOS REQUISITOS LOS 3 AÑOS DE EJERCICIO!!! NO LO ENTIENDO!!!!!! si ese requisito no estaba, por eso antes se daban de alta sin necesidad de 3 años!!