Hola a todos. Vereis he sido designada de oficio a un cliente "desaparecido".
Me designaron a principios de septiembre para un recurso contencioso-administrativo pero, no supe nada del cliente hasta la semana pasada. Le cité para que me contara el problema y me diera la documentación y, ni apareció, ni sé nada de él. Nunca me había pasado algo así y, la verdad es que no sé muy bien que hacer porque el plazo para interponer el recuro corre ¿Creeis que debería ponerlo de manifiesto al Turno o debería esperar a ver si da señales de vida?
Quizá deberías intentar ponerte en contacto con él a ver qué pasa. No vaya a ser que ya no quiera interponer el recurso porque, por lo que se ve no tiene interés.
Yo, le mandaría una carta certificada con acuse de recibo, a ver si dice algo, y además tu tendrás constancia de que lo has citado.
Yo, también tengo un caso por el estilo, pero me designaron, y el primer paso que tengo que hacer es una reclamación patrimonial, no le veo porque he sido designada si para ésto no es necesario abogado de oficio, y no lo voy a cobrar hasta que haga el recurso contencioso-adm. ¿Creeis que ésto funciona así? ¿es decir que tengo que actuar?
Hola y gracias. A mí, realmente lo que da miedo es que se me pase el plazo para el recurso y luego me pida a mí responsabilidades porque, a fin de cuentas yo he sido designada de oficio.
En cuanto a lo tuyo, no entiendo cómo es que tienes que hacer una reclamación patrimonial previa, que yo sepa sólo se tiene que hacer aquello para lo que te designan. Lo que hagas a mayores no lo cobras.
Yo tengo un caso parecido.
Tengo un expediente de expulsión en el Turno. El cliente no se sabe dónde está ni cómo contactar con él. Yo sólo tengo el edicto publicado en el BOP de notificación de la expulsión. ¡Alguien me puede decir si, si me presento en la Policía podré ver el expediente de expulsión y conseguir copia del mismo? Gracias.
Es que en mi designa ponia un tema administrativo y antel el Juzgado Contencioso Administrativo, pero comó se trat de un tema de responsabilidad patrimonial de la administración, resulta que nates debo interponer una reclamación al ayuntamiento, y parece ser que lo tengo que hacer yo, pero no lo entiendo el porque,¿¿¿¿¿ si alguién que sepa un poco del turno de oficio me puede ayudar?????