Lo que está claro es que tú has hecho un trabajo. Y lo has hecho por encargo del SOJ, aunque el cliente dijese que no quería abogado.
Yo asimilaría el asunto a los supuestos en que, siendo designado por el SOJ y aceptado por el cliente el abogado, la designa y, por lo tanto, el beneficio de justicia gratuita queda condicionado a que el cliente presente la documentación que le da derecho a dicho abogado y finalmente no la presenta. En esos casos, debe pagar el Colegio los servicios prestados.
Pues en tu caso lo mismo: Te han hecho un encargo y has realizado el trabajo. Y deben pagártelo.
Hola. Vereis. Me asignaron como abogada de oficio de un preso en un recurso de apelación por denegación de permiso carcelario. Presentado el recurso me llegó una carta del SOJ en la que me decían que el cliente no quería abogado y que yo debía presentar la solicitud de justicia gratuita por él.
Ahora ya ha recaído el auto (estimatorio del recurso que presenté) y yo me pregunto cómo, y a quién, cobro pues no he recibido confirmación de la designación del SOJ. ¿Os ha pasado alguna vez? ¿Qué se hace en estos casos? Gracias.