Buenas tardes, quería hacerles la siguiente consulta.
Teniendo un fallo del juzgado de lo social y recurrida por la parte contraria al TSJ ¿es habitual que el TSJ anule la sentencia del social y obligue a este a dictar una nueva? Yo no sé si esto es muy normal, ya que tenia entendido que el TSJ si no está de acuerdo con un fallo lo cambia y dicta uno nuevo, pero anular el anterior y decirle al juez que dicte uno nuevo no lo había escuchado nunca.
El TSJ tiene la facultad de anular sentencias y devolver los casos al juzgado de lo social por varias razones, entre las que se incluyen:
- Defectos en el procedimiento: Si el TSJ considera que ha habido errores procesales significativos que podrían haber afectado el resultado del juicio, puede anular la sentencia y ordenar que se dicte una nueva.
- Insuficiencia en la motivación de la sentencia: Si la sentencia original no está suficientemente motivada o no se han considerado adecuadamente todas las pruebas y argumentos, el TSJ puede devolver el caso para una nueva valoración.
- Nuevas pruebas o errores de hecho: Si se presentan nuevas pruebas significativas o se identifican errores de hecho, el TSJ puede decidir que es necesario un nuevo juicio para asegurar la correcta administración de justicia.
El procedimiento está respaldado por la Ley reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS). Según el artículo 225 de la LRJS, el TSJ puede "declarar la nulidad de las actuaciones y ordenar la retroacción del procedimiento al momento en que se cometió el defecto" si considera que los derechos de las partes han sido afectados.
Aunque no es el procedimiento más habitual, es perfectamente posible que el TSJ anule una sentencia y devuelva el caso al juzgado de lo social para que se dicte una nueva sentencia. Esto se hace para garantizar que se respeten los derechos de las partes y que se llegue a una decisión justa y adecuada, corrigiendo cualquier defecto que pueda haber influido en el fallo original.
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