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trienio

3 Comentarios
 
24/03/2014 20:35
Si eres funcionario, efectivamente son 4 años.
Si eres personal laboral, se aplica la normativa laboral y creo que es 1 año.
24/03/2014 20:13
Bien.Entonces lo procedente son 4 años y no uno, o si
23/03/2014 09:41
Vamos a ver, no te hagas "la picha un lío".
En la Administración hay una cosa que se llama prescripción y cuyo plazo es de 4 años. Por tanto los derechos económicos que te pudieran corresponder con anterioridad a ese plazo los has perdido.
Si hubieras solicitado el reconocimiento de los servicios previos en 1980, no habrías perdido esos derechos económicos.
Trienio
23/03/2014 07:56
Si me han reconocido 1 año.Lo que digo que económicamente me dan 1 año cuando ese año acumulado a los dos primeros que hice hubiera devengado económicamente muchos mas dinero, ten en cuenta que lo hubiera hecho en 1983.Ellos argumenta que considerarse salario me dan de atrasos tal el reconocimiento 1 año. Me aplican la legislación laboral y el reconocimiento a mi juicio es acto administrativo y deberían liquidarme la totalidad, pues habrá gente que lo solicitara en su dia y económicamente lo ha venido cobrando desde entonces.