Gracias por la contestación, estás hablando de una doble imposición, porque aqui nos deducen para hacienda, en todo caso ese no sería el problema, el problema es el piso de protección oficial español, estamos empadronados allí y en teoría habitándolo de forma habitual, ya sabes el problema con los PPO.
Mi pregunta es si declaramos en España sale el piso con la hipoteca, ¿desde hacienda podemos tener problemas con vivienda por no habitar el piso?, o hacienda en este sentido no tiene nada que ver con vivienda, es decir no habría transmisión de información.
Es que s ipor un lado declaramos que no residimos en España por otro al tener el PPO hemos dicho que si vivimos alli habitualmente.
Gracias de antemano por tu atención.
Si su domicilio fiscal no está en españa, no puede tributar como residente. Debe tributar como no residente, pagar el impuesto correspondiente, y (aunque no conozco el sistema tributario británico) imagino que el impuesto pagado en españa será deducible cuando haga su declaración de renta en uk.
El declarar por el impuesto sobre la renta de no residentes no implica perjuicio ninguno, y de hecho es su obligación. Los plazos son distintos, consulte www.aeat.es para informarse de plazos, tipos impositivos y modelos de declaración.
Hola, a ver si alguien me puede ayudar.
Vivimos desde hace un tiempo en Uk, y como en España no tenemos ingresos pues no hacemos la declaración allí, el caso es que este verano vendimos en España unas acciones y ahora no sabemos si tributar como no residentes, o simplementes declarar la venta de las acciones como residentes y no marear más la perdiz, ya que tenemos en España un piso de protección oficial y no sabemos si declarar que no somos residentes nos puede perjudicar.
Quien sepa del tema porfa que me aclare un poco.