Mi problema es el siguiente:
El año pasado firmé la dación en pago con el banco por el piso comprado en régimen de gananciales con mi ex mujer. La diferencia de valor que se aplicó entre la escritura inicial y la final se estipuló en unos 70.000 €, a resultas de cuotas pendientes y atrasos. Al hacer la declaración de la renta se me aplicó un importe de ganancia patrimonial de 35.000 € ó -, lo que resulta una deuda de cerca de 7000 € con la Agencia Tributaria. Solicité revisión del expediente y me quedé igual. Solicité aplazamiento de la deuda (cobro 800 € mensuales del paro) y me ha venido una carta otorgando el aplazamiento a "cómodas" cuotas de 400 € mensuales hasta 2015. He ido de nuevo a solicitar la revisión del expediente, pero creo que es el último paso que puedo dar.
No tengo bienes, ni coche, ni ahorros.
Mi pregunta es: ¿hay algo que pueda hacer para ser considerado exento de pago de esta deuda o que se apliquen criterios razonables para el pago de la misma? ¿mequeda alguna otra alternativa?
Entre que presenté la declaración de la renta hasta ahora he encontrado trabajo, cobrando un poco más, pero sigo siendo casi mil eurista.
Quiero decir si hubiera tenido esos 35.000 € en la mano y me los hubiera pulido en una fiesta bestial o comprándome alguna burrada, lo entendería.
Pero aquí el único beneficiado ha sido el banco (BBVA) que ha podido justificar ese importe superior que se reflejará en informe de ganancias.
Agradezco las posibles respuestas