Y si la vivienda se compró en obras, vivienda antigua derruida por dentro, siendo el valor de compra prácticamente el de un solar, y ahora se venta totalmente edificada y adecuada??? se tributa igual???
Por supuesto que tiene que tributar, en el tramo compredido entre 1994 y 2007, el 18 % de la diferencia entre precio de compra y precio de venta, mas los gastos originados en cada una de las operaciones, y hasta el 1994, tendras sobre la citada diferencia coeficientes reductores que te haran que el incrementi patrimonial se aminore.
Hola.
Hace un par de meses colgué una consulta en este foro y la única respuesta que recibí no se ajustaba a mi duda. En mi pregunta incluía muchos datos y muchos detalles; esta vez seré más concreto. La consulta sería ésta:
He vendido (en 2005) mi vivienda habitual. ¿Tengo que tributar por la supuesta 'ganancia patrimonial', habida cuenta de que he vivido en ella casi veinte años? ¿En 2005 no estaba exenta de tributación el ingreso obtenido por la venta de la vivienda habitual, si desde la adquisición de ésta ya habían transcurrido diez (o doce, no estoy seguro) años?
Gracias.
G. Vallés.