Tú no, ella tendría una ganancia o pérdida patrimonial a determinar según la diferencia entre el 50% del precio de adquisición y el dinero que ahora tú le das.
Actualmente estoy divorciado, teniamos régimen de separación de bienes con lo cual la vivienda sigue estando al 50% de los dos, si en un caso yo me quedara con el piso dándole a ella una cantidad acordada entre ambos, cediendo ella a su vez su parte de propiedad a mi persona, tendría yo que tributar por la adquisición de esa parte a hacienda? y si es así que tanto por cien es?