Hacienda me reclama el pago de impuestos por ganancias en apuestas deportivas online del año 2011. Realmente no obtuve ninguna ganancia pero segun el reglamento vigente el 2011 cada apuesta cobrada aunque no se retire de la cuenta de la casa de apuestas cuenta como ganancia ¿ Es así?. Caso de ser así si apuesto 50 euros y gano 51 se me esta contando como ganancia los 51 euros ¿Es eso correcto? o deberia contarse solo un euro ¿?.
Por otro lado la reclamación de la deuda me ha llegado este mes de septiembre con lo cual creo que estaria prescrito el ejercicio del 2011 (30/06/2016). ¿Puedo alegar prescripción de la reclamación de hacienda?.
En efecto "azagol", si la notificación respecto a la ganancia patrimonial te ha llegado en septiembre de 2016, en principio, habría prescrito el derecho de la Administración para practicarte cualquier tipo de liquidación tributaria relativa al ejercicio 2011.
No obstante, si antes del 30/06/2016 se hubiera producido cualquier actuación que hubiere interrumpido la prescripción del año 2011 (cualquier requerimiento, presentación de una declaración complementaria, etc.), entonces no habría prescrito el referido derecho.
Saludos.
Jaime.