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tributacion incremento patrimonial

2 Comentarios
 
Tributacion incremento patrimonial
04/11/2008 18:22
Hola! a ver si me podéis aclarar un poco lo de la tributación a Hacienda por la venta de un Inmueble. Veréis: tengo un inmueble (que es segunda residencia, pero que está alquilado desde que se adquirió en 1.997) El precio de adquisición fué de 2.000.000 de Pts. He leído algo en otras respuestas acerca de esto, pero sigo teniendo dudas.
Para empezar, el tipo de gravamen por los beneficios de esta venta, qué es del 18% o del 20% como he leído en algún portal inmobiliario.
- Se tributa por la diferencia entre el precio de adquisición y el de venta, pero si ha habido amortizaciones, como es mi caso durante todos estos ejercicios que ha estado alquiado, eso cómo afecta a dichos beneficios?
- por otra parte, creo que existen unos coeficientes de actualización ¿cómo se aplican en estos casos?
- ¿hay que declarar todo este beneficio en un sólo ejercicio de IRPF, o se puede fraccionar?
- Si, como tengo pensado, vendiese ese estudio que está alquilado, adquiriese un piso para destinarlo como vivienda habitual, y la que hoy es mi vivienda habitual la dejase para alquilarla, ¿estaría en ese caso exento de satisfacer dicho impuesto por incremento patrimonial? Caso de que así fuere, qué plazo máximo tendría tras vender el estudio alquilado para poder reinvertir esa cantidad y así estar exento?
Nada más, gracias y un saludo
05/11/2008 00:29
-el tipo es del 18%
-tendra que descontar las amortizaciones del inmueble del valor de adquisicion(incluso aunque no se las haya deducido como gasto)
-se declara todo en un ejercicio (salvo el caso de una venta a plazos)
-En ningun caso puede dejar exenta por reinversion la ganancia patrimonial puesto que lo que vende no es vivienda habitual.


Saludos
07/11/2008 18:03
Gracias por la respuesta Medik2,
Sabe algo sobre los coeficientes de actualización que yo mencionaba? Me refiero, a esos coeficientes que se pueden aplicar cada año durante los años en que el apartamento ha sido de mi propiedad. y ¿Cómo se aplican?
Gracias