Pensamos realizar una instalación fotovoltaica y la empresa instaladora nos comentó que podemos beneficiar de una subvención estatal.
Tal subvención deberá ser declarada en la declaración de renta para el año de recepción de dicha subvención.
Quisiera saber, en caso de matrimonio en régimen de bienes gananciales, si cada cónyuge tiene que declarar la parte de la subvención que le corresponde (50%), o si es el cónyuge que contrata el servicio que tiene que declarar la totalidad.
Pregunto esto porque este tipo de instalación puede considerarse como una mejora, o rehabilitación de vivienda quizá, siendo vinculada, a nivel administrativo, a la referencia catastral de la vivienda. Dicha vivienda tiene actualmente propiedad al 50%/50%.
Gracias de antemano.