Queremos llevar a cabo un contrato de arrendamiento de vivienda habitual. La vivienda es propiedad de dos personas (matrimonio régimen separación de bienes). En el contrato de arrendamiento sólo va a constar uno de los propietarios como arrendador (debido a que el otro propietario por motivos de viaje no podrá firmar el contrato y no aparecera en el mismo).
Mi pregunta es:
¿Deben ambos propietarios-conyuges declarar las rentas obtenidas en concepto de arrendamiento en la declaración de IRPF? ¿O sólo el propietario que consta como arrendador en el contrato?
hola, como la vivienda tiene dos propietarios lo mejor es que ambos firmaran como arrendadores. En todo caso, a efectos fiscales, cada uno deberá declarar la mitad de los ingresos y de los gastos (con independencia de que luego la declaración se presente en modalidad conjunta o individual, según convenga). saludos