Queremos llevar a cabo un contrato de arrendamiento de vivienda habitual. La vivienda es propiedad de dos personas (matrimonio régimen separación de bienes). En el contrato de arrendamiento sólo va a constar uno de los propietarios como arrendador (debido a que el otro propietario por motivos de viaje no podrá firmar el contrato y no aparecera en el mismo).
Mi pregunta es:
¿Deben ambos propietarios-conyuges declarar las rentas obtenidas en concepto de arrendamiento en la declaración de IRPF? ¿O sólo el propietario que consta como arrendador en el contrato?