Tengo una duda respecto al TRIBUNAL DEL JURADO. He leído en la Ley Orgánica correspondiente los delitos que juzga.
Según lo que he visto en clase, los delitos penales cuya pena es menor a 5 años los juzga el Juzgado de lo Penal y, si es mayor, la Audiencia Provincial.
¿Cómo encuadramos el Tribunal del Jurado? Un delito de homicidio (he leído en la LO que los juzga el Tribunal del Jurado) dónde se juzgaría? ¿AP o Tribunal del Jurado?
Por otra parte, ¿el Jurado dictamina si es inocente o culpable y ya el Juez determina la pena atendiendo al CP, no?
El jurado no dictamina sobre la inocencia o culpailidad, sino que responde a una serie de preguntas que darán los hechos probados sobre los que el juez aplicará el código penal.