Transcribo la noticia por interesante en cuanto al modus operandi utilizado.
La Audiencia Provincial de Ávila ha declarado a M.G.R. como autor penal y civilmente responsable de un delito continuado de estafa, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, por unos hechos acontecidos en El Hoyo de Pinares en octubre de 2003, ante los que la defensa particular el Ministerio Fiscal pedía 5 años y 9 meses de cárcel.
El órgano judicial ha condenado al acusado a la pena de tres años de prisión y multa de ocho meses, a razón de 6 euros al día, con una responsabilidad personal subsidiaria, para caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas; a la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena privativa de libertad; y al pago de las costas del juicio, incluidas las de la acusación particular.
Además, M.G.R. deberá indemnizar por vía de responsabilidad civil a las doce trabajadoras hoyancas con una cantidad que ronda los 65.000 euros, así como a M.C.G. en la cantidad que en ejecución de sentencia quede acreditada.
Para el cumplimiento de la pena privativa de libertad que se impone al condenado, le será de aplicación el tiempo en que estuvo privado preventivamente de ella. Una resolución contra la que cabe recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
Hechos probados
La resolución señala como hechos probados que “en el mes de octubre de 2003 el acusado, mayor de edad y sin antecedentes penales, que ostentaba la representación de la Asociación Cultural Star Pinea, y que ésta tenía por teórico objeto social la reforestación de España, ideó con ánimo de enriquecerse a costa ajena el siguiente plan, dirigiéndose al Ayuntamiento de El Hoyo de Pinares, ofreciendo trabajo a personas desempleadas de la localidad, entrando dentro de ese perfil amas de casa, y, en general, aquellas que quisieran tener una ganancia comercializando unas bolsas que contenían semillas de pino y un logotipo de propaganda de la marca registrada “Siembra Tu Árbol”, u otros logotipos”.
“El trabajo, de las que iban a ser seleccionadas, consistía en cortar unas pegatinas de propaganda e introducirlas en las bolsitas con dos piñones, que se entregarían después al acusado rellenas, por un precio que iban pagando en metálico las seleccionadas, pero siendo acreedoras del importe de su trabajo, convenciendo el acusado a las seleccionadas exhibiendo fotografías de personajes famosos plantando los pinos; y el proyecto, según él, sería distribuir las bolsitas en espectáculos públicos, almacenes, competiciones deportivas, etc, cobrando a las seleccionadas 0,75 euro por el material suministrado, y vendiéndolas a 1 euro”, añade la sentencia.
Además, en la resolución se explica que “quedó acreditado que cuando se pagaron los primeros recibos, las trabajadoras o colaboradoras destinaron, a abonar con su importe, las nuevas remesas que traía M. G. R., hasta que fueron devueltos los recibos, hecho que ocurrió a finales de diciembre de 2003”.
Unos estafadores, estos sí, CONDENADOS A MÁS DE 3 AÑOS DE PRISIÓN POR LA AUDIENCIA DE ÁVILA, montan un chiringuito de pseudo-víctimas de la justicia para pretender justificar sus graves delitos y denigrar a todo lo que tiene que ver con el sistema, que ha puesto fin a sus fechorías...
Además, no dudan en justificar sus execrables actos, merecedores de tan grave condena, denigrando al más débil, las trabajadores TIMADAS (hecho probado e indiscutido) por estos tahures....
"que deberían ser conocedoras, por la zona donde viven o incluso por su dedicación profesional a este sector, que el pago de 0,65 euros por una semilla de piñón era ilógica"
Si, quizás tienes razon, pero como la AP de Avila no se ha pronunciado sobre elascab.es, pues entonces decimos que en el sitio son unos presuntos estafadores, y el sitio es coordinado por un CONDENADO A TRES AÑOS DE PRISION POR UN DELITO DE ESTAFA CONTINUADA.
Salvo mejor parecer, pero no por ello mas fundado....
http://www.porticolegal.com/foro/penal/787198/hechos probados de la sentencia de la audiencia provincial de Ávila de 7 de junio de 2011, que condena al coordinador de elascab.