El desarrollo urbanístico del area se realiza por medio de un sistema de compensación.Un promotor que posee la mayor parte del area edificable, promueve el citado desarrollo. Por supuesto se le adjudica también a traves de otra empresa que posee, claramente vinculada la urbanización del área (como domina el consejo rector resulta que su oferta es "más barata" por 50.000 pesetas en una obra de 700.000.000).Como prima por supuesto la edificación del area, (su edificacion, claro), no cumple con lo pactado en el contrato de urbanización demorándose la ejecucíón de 2 a 4 años, es decir, el tiempo contratado se duplica. Una minoría del 2% avude al Ayuntamiento para que este tome las determinaciones a las que le obliga el Reglamento de Gestión (Obligar a la empresa urbanizadora al pago de las indemnizaciones pactadas en el contrato para el caso de incumplimiento , cambiar el sistema de compensación por el de cooperación , la protección del propietario minoritario etc). Este caso omiso a todas las quejas presentadas e incluso nos comunican de palabra que no van a hacer absolutamente nada y que ni siquiera van a contesar a nuestros escritos, porque están desbordados por el planeamiento.
En las sesiones del consejo rector por suspuesto de esto ni se habla y en las sesiones de las juntas de propietarios tampoco porque no se incluye en el orden del día.ç
En las bases y estatutos se prevee que para convocar junta extraordinaria es necesario que lo propongan propiatrios que representen por lo menos el 10% del suelo edificable.Ante esta situación, aparte se multiplican las derramas sin control que pide la mayoría en la JUnta y que apruebA por mayoría, y entretanto la urbanización nunca se acaba.
¿Que puede hacer este propietario que representa únicamente el 2% de la superficie edificable? ¿como puede ir contra la empresa urbanizadora por incumplimiento?¿Podría iniciar una acción por su cuota parte en la indemnización total por incumplimiento contra la empresa urbanizadora y el ayuntamiento? ¿Como puede oponerse al pago de las derramas?¿Que responsabilidad tiene la administración por no cumplir lo que le obliga el Reglamento de Gestión y por no controlar el destino de las derramas sin control, a pesar de la petición reiterada por los propietarios pequeños? ¿ Puede ser este un caso de desviación de poder? ¿ Que acción judicial cabe iniciar?