Hola indignado.
Aunque mi caso no es P2P, decirte que tras 2 años, 5 meses y dos semanas del registro de mi domicilio a cargo de la Brigada de Investigación Tecnológica, decomisado de ordenadores, memorias usb, cds, dvds, etc. ante mi insistencia, me han comunicado desde el Juzgado Central de Instrucción de la Audiencia Nacional, que puedo ir a recoger mis efectos, el auto del Juez resolviendo que me devolvieran lo que es mío es de fecha de noviembre, aun así, he tenido que insistir e insistir y quizá gracias a la comprensión de personal funcionario, parece que por fin recuperare lo que nunca debí perder, toda vez que tal y como consta en mi “sobreseimiento provisional y archivo de la causa” en mis efectos “…tras ser pericialmente analizados no presentan ni se encuentras archivos ni datos de interés con el objeto de la propia pericial efectuada (pornografía infantil). Por todo ello y lo solicitado por el Ministerio Fiscal, decretar el sobreseimiento provisional de estas actuaciones”
Las preguntas sin respuesta son:
Quien repara el daño moral sufrido?
Porque pase varias semanas en prisión preventiva si no existía certeza de comisión de delito?
Porque tardaron 18 meses en llevar a cabo la pericial científica?
Porque después de la pericial científica tardaran casi un año en devolverme lo que es mío?
Porque debo desplazarme a Madrid para recuperar mis bienes? No sería lógico que me los entregaran en el juzgado de mi localidad? Al vivir en una isla me resulta costoso además de la perdida de dos días para este desplazamiento.
Porque se dicta sobreseimiento “provisional” y no libre toda vez que nunca he tenido nada que ver con la pornografía infantil, ni de adultos que puedan dar pie a confusiones y errores?
Atentamente
ATONITO
@0005 intente contactar con su abogado y que le procure copia de todo su procedimiento. Tenga cuidado porque pese a que UN ARCHIVO BORRADO ANTES DEL REGISTRO DOMICILIARIO ES OBVIAMENTE UN ARCHIVO NO DESEADO, es probable que sea presentado en su contra.
Intente controlar en todo momento cómo va su caso. Sea intervencionista a través de su abogado.
@Indicio Digital
TS105/2009 Condenado por tenencia sin serle hallado ningún archivo
http://www.lawp2p.com/portal/content/1262553379
Cospedal dice que el PP está ante un problema diabólico (entre Dios y el Diablo). Nosotros los detenidos P2P estamos ante un problema PERVERSO (un problema que únicamente se puede afrontar si usted domina varias disciplinas).
- Los archivos que motivan estas redadas P2P siguen ahora mismo en el mismo lugar a disposición pública.
- Si no te encuentran el o los archivos rastreados remotamente, no se le dice al Juez y hacen todo lo posible para que aparezca algo: buscar archivos borrados antes del registro, o centrarse en otros que pudieran ser catalogados a ojo como menores. Da igual la identidad de esas personas, el objetivo es justificar la entrada y registro.
- El detenido P2P muere socialmente desde el día en el que es detenido. Es presa fácil de tratos bajo la amenaza del Fiscal y la frecuente ignorancia del abogado defensor, al sucumbir ante la petición de condena de más de tres años.
Por curiosidad ¿Cuántos casos "de estos" ha llevado? ¿cuántas condenas? ¿cuántos tratos? ¿cuántas absoluciones?
En estos casos y por experiencia, es muy difícil demostrar la autoría en los hechos si la fuerza actuante no incauta los archivos en el material informático de los presuntos autores.
¿En esa situación, qué prueba puede condenar al acusado?
Atentamente,
www.indiciodigital.es
Hola otra vez indignado 777 .
No se si aceptaría el trato. En mi caso parece ser k aunk no habia ningún fichero p2p almacenado si han rrcuperado diverso contenido sexual para adultos y entre ellos algún fi hero de conténido aparente mente pedófilo k Yo como ya os conte encontré acidentalmente. lo borre encuanto vi de k se trataba aunk mis conocimientos de.informática son básicos y sólo.me limitó a borrarlos si se kedan en una carpeta temporal o dejan rastro k la policía pueda recuperar significa k yo poseo en mi.poder material pedófilo? Ni lo.he.comprado ni compartido ni sikiera tengo ningún programa del tipo emule para descargas ni nada de.eso. eso es.posesión de pornografia infantil? Cuanto podria pedir el fiscal en un.caso así?
¿Qué haría usted si el Fiscal solicitara para usted SIETE AÑOS y luego le ofreciera NUEVE MESES (no cárcel)?
Acepta nueve meses de cárcel por descargarse pornografía infantil
http://goo.gl/403hR
El criterio policial de detección remota del delito fue UNA ÚNICA DESCARGA P2P. Nada se indica si ese archivo fue hallado posteriormente en la casa del supuesto infractor P2P. Simplemente se anuncia que los agentes han catalogado (mediante la simple estimación visual) unos archivos como pornografía infantil = ojo de ¿buen? cubero.
Le informamos:
- Respecto al nuevo procedimiento, deberá informarse en el primer juzgado (que le han informado de que su expediente se envió a Quart) y que le informen del número de procedimiento en Quart.
- Respecto al primer juicio del 4 de febrero, se debería asesorar sobre las pruebas contra Vd. No sé exactamente cuáles son, pero recuerde que uno no es culpable hasta que se demuestra lo contrario.
Para más información mi email es Victor_Penal@indiciodigital.es.
@0005, el día 4 de Febrero no creo que te juzguen. Posiblemente ese día tendrás que declara ante el Juez de instrucción que será el encargado de ver si hay caso o no.
No sé si te tranquilizo, pero en mi opinión tu caso, incluso derivando hacia el tema del P2P, supongo que quedaría en una condena de no cárcel y posiblemente una multa económica.
Deberías ponerte en manos de un abogado, ya que además reconoces los hechos que motivaron la denuncia.
@Indicio Digital me temo que estamos ante un problema que con el tiempo se irá protocolizando, pero lamentablemente de momento estamos a años luz de que eso suceda.
Los agentes que llevan estos asuntos digitales NO SUELEN SER INFORMÁTICOS. Les dan un curso de cómo revisar un ordenar y a correr.
Mire este documento que se dejaron en casa de un detenido P2P
http://goo.gl/JP7Z7
Me temo que nuestros CCFFSE tienen sus almacenes llenos de CHATARRA DIGITAL SIN LACRAR y cuya cadena de custodia pongo en duda.
Yo fui declarado INOCENTE en 2010. A fecha de hoy me siguen debiendo un portátil que estaba libre de cualquier tipo de archivo pornográfico.
para indicio digital .
loo digo por que me juzgan el dia 4 de febrero, me condenaran no se si por falta grabe o delito pero imagino que al no tener antecedentes espero no tener que ir a la carcel pero se que en los proximos años no podre cometer ningun delito o tendria que cumplir la pena.
si se abre el otro procedimiento aunque el presunto delito se habria cometido antes de la primera sentencia en que lugar quedaria yo?
muchas gracias indicio digital.
pero no se como sin un nº de procedimiento, referencia o algo ni se a que juzgado si el 2 o el 3, lo derivan. ¿que es lo que tengo que preguntar? y por favor podeis aclararme si con los antecedentes o la condena que me pongan por el delito que os he contado, pdria ir a la carcel en caso de que se habriera el otro procedimiento y por descarga accidental me callera otra condena? ya os digo que no tengo ni comparto archivos, pero me imagino que se debe al rastro que halla dejado en mi disco duro los archivos que yo haya abierto accidental mente (logicamente si no lo abro no se lo que hay dentro)
Para 0005, seguramente el primer juzgado se habrá inhibido de los hechos y lo ha mandado a Quart. El traslado de la documentación tarda a veces demasiado. Desde aquí le aconsejaría que cada semana vaya llamando a los juzgados de Quart y cuando le aseguren que ya ha llegado la documentación, se dirija a la sede judicial y solicite una copia.
Para indignado y atonito, no quieremos polemizar ni defender un colectivo u otro. Entendiendo que no todos los casos son iguales, quisiera manifestar que en caso que se esté haciendo un registro, nadie puede manipular un ordenador (que no deja de ser una prueba) a no ser que la Secretaria Judicial de fe de lo que se hace y le anote en su acta. Aún en ese caso, el acusado y su abogado deberían ser informados de lo que se está haciendo. Si no se hace de esta manera y se puede probar que se ha manipulado sin control sería una prueba que se podría impugnar.
Respecto a la cadena de custodia, garantiza al acusado y a su defensor que estén informados qué profesionales estaban autorizados a realizar el informe técnico.
Un saludo a todos,
www.indiciodigital.es
Yo solo solo soy un hombre de 38 años que un dia cometi una tonteria y grabe con el movil a dos chicas por debajo de la falda y una de ellas me denuncio, la policía nacionall me traslado a comisaria y me tomo las huellas, pasando la noche en calabozo, esta es la primera vez que hago algo asi y nunca he tenido problemas con la justicia, tengo miedo de las consecuencias que esta tan gran tonteria que he cometido pueda acarrearme, me han denunciado de un delito contra la intimidad de las personas y la abogada de oficio que me asistio no supo decirme por no conocer que estipula el codigo penal referente a este tema, quiso tranquilizarme diciendome que la pena seria una sancion economica o trabajos a la comunidad, no quiero perder posibles empleos, ni que mi vida se vea afectada por esta tonteria que esta claro que jamas se me ocurrira repetir, agradeceria cualquier tipo de aclaracion y palabras de animo y tranquilidad asi como la posibilidad de que esta unica vez que he estado en una comisaria detenido no me implique para mi futuro y el de mi familia. entiendo la indignacion de la perjudicada y como ya digo simplemente con el dia de arresto ya no se me ocurrira volver a cometer una tonteria asi, y pagare dentro de mis posibilidades la indemnizacion que me impongan a plazos o como pueda pero, sinceramente me parece desproporcionada la condena que me pueden aplicar.
Me preocupa mucho que la los antecedentes del delito que reconozco haber cometido supongan unos antecedentes por los cuales un segundo procedimiento me hicieran pagar con la pena de carcel.
para indignado digital:
ya lo hice. me llego una citacion en la cual me ponia que se adjuntaba denuncia y no fue asi, tuve que ir al juzgado y lo que me dijo la chica que me atendio: te voy a dar una copia de esto que es lo que lo otro del ordel ordenador lo llevan en el juzgado de quart (que es otra localidad).
yo lo que hice fue irme enseguida a quart con la denuncia a preguntar y me digeron que alli no habia nada. volvi al anterior juzgado a preguntar y me dijo la misma chica: bueno eso es orque no les habra llegado todavia y le pregunte que que el que que si es que se habia abierto otro procedmiento y me respondio que si, y le volvi a preguntar pero porque? acaso se han encontrado algun indicio de delito o algo? y me respondio: hombre pues si,. bueno alomejor alli en quart les parece que no y no pasa nada eso ellos lo veran.
Para Indicio Digital:
La cadena de custodia solo existe sobre el papel.
Mi caso se archivo en febrero del 2012 a solicitud del fiscal, tras una persecucion que incluyo una pericial cientifica y rastreo de internet a cargo de la BIT en la cual no se encontro ni un solo indicio de material pornografico de ningun tipo.
Tras reiteradas solicitudes, en noviembre del 2012 el juez instructor de la Audiencia Nacioal dicto providencia concediendo la devolucion de los efectos que me decomisaron, a dia de hoy sigo esperando que se me fecha para la recogida de mis ordenadores CDs etc.
No creo que sea tan dificil verdad?
En cuanto al video que ha aportado Indignado 7777 es increible que este señor trate de "delicuente" a la persona que sufre el registro, sin ningun respeto a la presuncion de inocencia.
Asi nos va...
Para 0005, quizás lo más rápido sería que contactara con el juzgado y que le informaran de todas las acusaciones contra Vd. (tienen la obligación de hacerlo de forma comprensible).
Para indignado, para evitar la manipulación de ordenadores incautados existen las cadenas de custodia.
Un saludo,
www.indiciodigital.es