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Tratamiento fiscal alquiler vivienda portero

2 Comentarios
 
perfil Vio
30/06/2012 17:05
En los casos conocidos esa renta queda en la caja de la Comunidad contra los gastos comunitarios, minorando estos.
Solamente en el caso deque la Renta sea mayor que los gastos procederia el reparto de la diferencia como beneficio.
El arrendador es la Comunidad que tiene su NIF. No cada copropietario, pues habrá alguno incluso opuesto al arriendo.
29/06/2012 18:44
En la primera pregunta, ¿te refieres a repartir entre los propietarios?.Podeis hacer lo que acordeis por mayoría.
A la segunda pregunta, no es que PODAIS, es que DEBEIS. Estais cometiendo un fraude fiscal, y la responsabilidad es de toda la comunidad. Y si el inquilino os hace retención por IRFP, estais "pillados" por Hacienda.
Tratamiento fiscal alquiler vivienda portero
29/06/2012 13:24

¿Se puede exigir que se liquide mensualmente la parte de renta que corresponda con retención de IRPF?

¿Se puede exigir a la comunidad que el alquiler no sea en negro?