Tengo una duda referente al concepto de trasvase de edificabilidad entre parcelas de un mismo Sector de un Plan Parcial.
Me han comentado que una parcela puede adquirir la edificabilidad de una vecina para aumentar la edificabilidad final. Lo que tengo dudas es si ese trasvase se puede hacer entre parcelas de un mismo Sector aunque no sean vecinas.
Si la legislación (la valenciana sí) y el PGOU lo permiten, es posible la transferencia de aprovechamiento entre fincas distintas. Se trata de una operación jurídica acordada entre partes interesadas mediante la cual disminuye el aprovechamiento urbanístico de la finca cedente en favor de la finca de destino, que lo incremente en la misma medida en que la de origen lo disminuye.
El acuerdo debe autorizarse en escritura pública por notaría y en ella constar el consentimientos de cuantos titulares de derechos reales figuren inscritos sobre ambas fincas y siempre que la finca beneficiaria del aprovechamiento cumpla las condiciones o parámetros urbanísticos establecidos en el Plan Parcial del sector, lo que exigirá la tramitación de un procedimiento con objeto de autorizar la operación el ayuntamiento.
En relación a lo que comentas, ¿la finca donante y beneficiaria han de ser vecinas (con linde) o pueden estar separadas? ¿Han de estar en la misma área de reparto o basta que estén en el mismo sector?