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Trasteros zona común (entreplanta)

7 Comentarios
 
02/03/2022 15:58
Pues lea este enlace y se sentirá más aturdido
https://blog.sepin.es/2017/01/construccion-de-trasteros-en-las-comunidades-de-propietarios/
02/03/2022 15:34
pues esperemos que los juristas y que tambien son blogeros nos aclaren la dudA.
YO ME HE QUEDADO MUDO, no entiendo nada
02/03/2022 15:18
jalisco
Hola, disculpa pero acabo de ver esto y entonces ahora me lía más el tema.
https://www.mundojuridico.info/quorum-necesario-para-la-construccion-de-trasteros-en-el-sotano/

Aquí unos vecinos ok ntentaron crear unos trasteros en el sótano y el juez dijo que la votación debía ser unanime a favor porque sino no es válida y no se puede realizar.
Podrías decirme cuál es la diferencia entre este caso y el de mi comunidad de vecinos.
01/03/2022 20:37
Hagan lo que les ha aconsejado Jalisco, que lo ha explicado perfectamente, como es habitual,
Este es el típico caso de propietario que se cierra en banda, porque cree que él tiene razón y todos los demás están equivocados. Intenten convencerlo, y entonces la cosa sería muy sencilla, unanimidad, hacen los trasteros (si el ayuntamiento lo permite, claro), y a disfrutarlos en paz y armonía entre propietarios.
01/03/2022 19:46
Antes de nada deseo rectificar una afirmación que hice incorrecta.
SI SE TIENE EN CUENTA el voto del ausente dado que es la comunidad quien ,o propone y es una mejora colectiva.
Ya le indique que este acuerdo se acoje en el art. 17.4
Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.
No obstante, cuando por el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, se adopten válidamente acuerdos, para realizar innovaciones, nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, no exigibles y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja. Si el disidente desea, en cualquier tiempo, participar de las ventajas de la innovación, habrá de abonar su cuota en los gastos de realización y mantenimiento, debidamente actualizados mediante la aplicación del correspondiente interés legal.
Es necesario los 3/5 y si la obra no es superior a tres mensualidades, ese propietari SI está obligado a contribuir.
Si es superior a tres mensualidades, no está obligado, y si en un futuro desea el trastero deberá abonar su parte de la obra , más el IPC del tiempo que transcurra.
Guarden bien las facturas.
Descuide que no iran a ningún juicio.
Usted lo dejan muy claro en el acta que abonará lo que le he indicado
01/03/2022 19:15
jalisco
Gracias Jalisco, por cierto otra duda que tendría sería si hay obligación o no de construir trasteros para todas los vecinos? Hay un vecino que dice que está en contra y que denunciaría a la comunidad si se construyen los trasteros porque hace falta, según dice, el voto unánime de los vecinos para la realización de la obra de los trasteros. He pensado que los que no quieren los trasteros que se adjunte una manifiesto escrito por estos vecinos renunciando a la zona dedicada del trastero para adjuntarlo al acta de vecinos donde se decida la construcción de los mismos y construir un trastero para el vecino que dice que no para que si va a juicio no diga que no puede hacer uso de su parte proporcional de trastero...aunque no aporte dinero pero si en un futuro quiere hacer uso de ese trastero que aporte la parte proporcional que costo hacerlo. No se si me he explicado bien....
24/02/2022 09:34
Si se van a construir trasteros para todas las viviendas y será la comunidad quien realice la obra. Se necesita los 3/5 y no se tiene en cuenta el voto presunto de los ausentes
Art. 17.4 La contribución del disidente será obligatoria si cuya cuota de instalación no exceda del importe de tres mensualidades ordinarias
Trasteros zona común (entreplanta)
24/02/2022 03:42
Hola! Mi pregunta es la siguiente: Que mayoría es necesaria para aprobar en la junta de vecinos la construcción de unos trasteros en una zona de disfrute común de la que se dispone, en este caso sería de la entreplanta del edificio, 3/5 o la unanimidad de los vecinos?
He visto una sentencia en la cual decía que hacía falta la unanimidad de los vecinos al ser una zona de uso común y transformarla en un uso privativo pero sin embargo en otro sitio he visto que si se construye para TODOS los vecinos un trastero, aunque existan personas que voten que no, se puede aprobar por 3/5 , con la condición de que ese vecino si quiere hacer uso de ese trastero lo pueda hacer pero pagando la parte proporcional que se pago en su día para la construcción de los mismos. Es decir, se construyen 10 trasteros y 9 son ocupados y uno queda libre, el del vecino que voto en contra se podría acordar que el coste de ese trastero lo asuma un vecino que quiera dos trasteros y posteriormente si el vecino que en su día se negó quiera hacer uso y disfrute del mismo lo pueda hacer abonando el coste del mismo?? No se si me explicado bien, este último caso sería para salvar el tema de la votación y que se pudiera aprobar en junta por 3/5 la construcción de los trasteros en la entreplanta.
Un saludo y agradezco de antemano que aclaréis un poco este tema.