Hola, he comprado varios trasteros en una comunidad de vecinos que tiene dos edificios .los trasteros están en el edificio que no tienen cedula de habitabilidad, y no tengo luz, estoy obligado a pagar la comunidad?
Para saber si tiene que pagar comunidad o no no necesita/tiene que contestar a nada.
La respuesta la encontrara en sus escrituras, en la escritura de division horizontal y /o en los estatutos (si los hay) de la comunidad.
Ahi estara recogido si su trastero es un anexo de otra propiedad y por tanto ya contribuye, si es una propiedad independiente, si hay un coeficiente de propiedad, si esta exonerado de algunos gastos...... en fin, todo lo referente al trastero.
Pues yo si entiendo que deberia informarnos, dado que no sabemos donde radica la falta de luz, si en el edificio o exclusivamente en los trasteros
Si no tiene cedula de habitabilidad es muy probable que no este constituida la comunidad, por lo cual no deberia existir gasto.
De estas premisas parten mis dudas
Mi edificio tiene cedula de habitabilidad, comunidad constituida y ningun trastero tiene luz....
y ese no es el tema consultado sino si ha de pagar comunidad a pesar de ello.
Obviamente y aunque no este constituida la comunidad de manera legal se generan gastos.
La respuesta es la misma, consultar la escritura de division horizontal.
¿En que situación están ubicados los trasteros?. ¿En planta de sótano junto a plazas de garajes?.
En ese caso, esa planta ¿tiene conexión de electricidad?.