Lo del notario y lo del burofax está muy bien, pero habría q estar al clausulado para saber a q atenernos exactamente.
Hablando un poco por hablar, me parece q todavía no hay un incumplimiento del contrato (no ha habido requerimiento formal ni -parece- se han entregado las llaves) y q en caso de haberlo no es de entidad suficiente para anular la compra sin tener q resarcir al vendedor.
Mi cliente ha comprado un piso de protección oficial. Hace un mes fue a verlo y resulta que el trastero está inundado. presentó un escrito pidiendo que se arreglará pero ha hablado con el jefe de obra y dice que no se lo arreglan. En septiembre le van a citar para firmar la escritura. Se puedo negar? en el contrato dice que pierde el 20% de lo que pagué. Que puede hacer? Yo había pensado en mandarle un burofax requiriéndoles que lo arreglen y que nos citen para verlo y entonces ir con un notario para levantar acta de presencia con reportaje fotográfico y además decir que la firma de la escritura se aplace hasta que no conste que se ha subsandado el defecto. Cómo lo véis?
Saludos.