*He estado leyendo sobre el traspaso de bares.
Yo me pensaba que el propietario del bar era el propietario del local donde radica éste, pero resulta que normalmente no coinciden. ¿alguien me lo confirma?
*Si en el contrato entre el propietario del local y el dueño del bar se establece la clausula por la que se permite el subarriendo (traspaso) dicho traspaso es posible, pero si no se dice nada no es posible. ¿Normalmente suele estar eta clausula en los contratos o no suele estar?
Correcto el propietario del local no tiene por que coincidir con el que ejerce la actividad.
No se trata de subarriendo sino de cesión del contrato de arrendamiento. Si el contrato calla este está permitido por la Ley de arrendamientos urbanos vigente.
El tema es complejo ya que dependiendo de la fecha del contrato se aplican diferentes normas; si está pensando en alguna operación acuda a un profesional, se juega mucho en ello.