En arrendamientos anteriores a 1994 se rigen por la D. Transitoria tercera y por la LAU 64.
Para arrendamientos posteriores a 31.12.94, sujetos a la vigente LAU no existe el término traspaso, pero si el de cesión, y en la práctica podemos considerarlos sinonimos.
Hola Macaé.Como muy bien ha explicado el Sr Ignacio los términos TRASPASO( en la LAU 1964) y CESIÓN( en la LAU 1994) son sinónimos y, en el ámbito de los arrendamientos urbanos,significan lo mismo.