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traspaso y jubilacion

4 Comentarios
 
perfil cfg
15/06/2011 12:00
Circe, aunque a usted le parezca raro, los dueños no han puesto ningun problema al traspaso,es posible que haya gente que prefiera tener la garantia de seguir cobrando un alquiler que inciar nuevamente un alquiler y mas en los tiempos que estamos. . Yo ya se que los derechos de traspaso ya no son legales pero mi pregunta es como intentar solucionar esta cuestion, si es que hay alguna forma de solucionarlo, en cualquier caso le agradezco su opinión.
14/06/2011 22:12
disculpem mi intromision...los dueños no estan al corriente...sino de que van a acceder a un traspaso siendo suyo el local...??? lo logico es que ellos pongan el local en alquiler y no "repartan" con el inquilino ...los derechos de traspaso y el taspaso en si ya no son legales---
Bueno es solo un comentario sin animo de molestar a nadie pero no podia quedarme con las ganas de decirlo.
Un saludo y buenas noches
perfil cfg
14/06/2011 20:49
Me refiero a la extraña circunstancia en el sentido de que lo logico es que esto ya hubiese sucedido antes, no que siguiesen explotando el negocio jubilados. Los dueños estan interesados en el traspaso, no han puesto ninguna objeción
14/06/2011 20:33
Perdon,
De extraña circunstancia nada...si ya esta jubilado se termino el contrato...comuniqueselo a los dueños y adios muy buenas...y el beneficio del traspaso se termino puesto que el contrato en si esta finiquitado solo que la otra parte interesada no esta al corriente.
Un saludo.
Traspaso y jubilacion
perfil cfg
14/06/2011 19:55
Hola a todos, mi duda es la siguiente:
Mi cliente es al arrendatario de un local de negocio anterior al año 1985 que quiere traspasar por jubilación, pero se da la extraña circunstancia dque esa persona a dia de hoy ya esta jubilada con lo cual teniendo en cuenta la disposicion transitoria tercera de la Ley del 94 no podria hacerlo"los arrendamientos cuyo arrendatario fuera un persona fisica se extinguiran por su jubilacion o fallecimiento, salvo que se subrogue su conyuge y continue la misma actividad desarrollada en el local "
Su conyuge no puede subrogarse ya que tambien esta jubilada, ¿ creeis que habria algun problema en volver a dar de alta en autonomos al arrendatario y asi poder realizar el traspaso del local? gracias.