Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Traspaso negocio

8 Comentarios
 
15/03/2010 17:36
Hola Jan,gracias por la información.
Saludos.
perfil Jan
15/03/2010 15:28
Hola herfrijo. Lo que quise decir es que ANTES de interponer una demanda hay que asegurarse de la viabilidad de la misma a través del estudio de la legislación y la jurisprudencia aplicable a cada caso concreto. Y creo que esta elemental pauta en el ejercicio de la abogacía no fue seguida por su Letrado.

Reciba un cordial saludo
14/03/2010 21:29
Hola Jan,deduzco por la contestación,que hice bien en no poner la demanda?Pero dado el caso que vuelva a notificarme el inquilino su deseo de traspasar el local,¿que debo de hacer exactamente?Si quiero ejercer el derecho de tanteo,y el inquilino no me vueve a responder,¿tendría que demandarlo antes de los treinta dias de la notificación de traspaso que el inquilino me mande?.
Actualmente,estamos como si no hubiera pasado nada,el me manda por giro la mensualidad,y yo a esperar que le vuelva a salir otra intención de traspaso,o al 2015.GRACIAS
perfil Jan
10/03/2010 17:58
Hola herfrijo. Soy abogado ejerciente y una parte fundamental de mi labor como tal consiste en determinar la viabilidad o inviabilidad de obtener una sentencia favorable a los intereses de mis clientes ANTES de interponer una demanda o de proceder a una contestación. Esto se lo digo por lo que manifiesta en una parte de su post: "Menos mal ,que el abogado,me dijo que con la Jurisprudencia que hay,la demanda si se hubiera planteado,hubieramos perdido un fortunon."

Quizá deba pensar en dirigirse a otro abogado si vuelve a tener un problema en materia de arrendamientos.

Reciba un cordial saludo
10/03/2010 15:56
Buenas herfrijo,
Se ha efectuado el traspaso? Ha recibo usted su % del traspaso? Si usted uso su derecho de tanteo y retracto y por defecto no lo puede ejercitar tiene usted que tener su % del traspaso para que este sea legal y lo reconozca usted.Piense usted que si por este defecto el traspaso tiene validez legal debe mirar mas al futuro pregunte a su abogado experto en que fecha acaba este contrato despues del traspaso.Por que cantidad de años se ha pagado el traspaso ? Y ya sabe para la proxima vez no espere nunca la respuesta de su inquilino ellos si que andan bien asesorados.
En cuanto a la cuantia de estos procesos comentar que con la nueva normativa es un año de renta . Siga haciendo preguntas y no firme usted absolutamente nada hasta que no se lo diga su abogado.Y guarde todas las notificaciones efectuadas le pueden ser de utilidad para demostrar si asi fuera que el contrato termina en el 2015.
Yo no soy abogada soy afectada de esta maraña de sentencias judiciales,articulos,leyes desfasadas, disposiciones transitorias confusas que regulan los contratos con anterioridad al 9 de mayo del 1985.
Muchisima suerte, animo y siga luchando por sus derechos como hacen los inquilinos por los suyos.Cuentenos como acaba la cosa somos muchos los que aprendemos de situaciones como la suya ademas de vivirlas en nuestras propias carnes.
09/03/2010 22:05
Con la informacion que recibi por parte de un experto de Derecho,que me puso al corriente de los articulos y transitoria,etc.Me puse en marcha y fuí a ver un buen abogado(recomendado por personas que saben del tema) aqui en Granada.Dentro del plazo (treinta dias) de la notificación que me hizó el inquilino que quería traspasar el local ,yo con mi derecho de " tanteo"le comunique que quería ejercerlo y asi resolver el contrato que tenía desde el 01.05.1985,le pagaría y el me daba las llaves.Espere su contestación pero no llegó,asi que el abogado escribio otra carta ,indicandole que le daba quince dias para solucionar el tema,o se le iba a demandar.Sin contestación por parte del inquilino,le proveo de todos los documentos a mi abogado,para que interponga la demanda,.......y cual es la sorpresa que según la jurisprudencia que hay en lo referente a la aplicación de la LAU."Las demandas deben ser interpuestas en el plazo de treinta dias naturales a la notificación por parte del inquilino.¿ESTO ES ASI?
Muchos articulos,35,41,etc,pero luego la interpretación ..................Estoy cansado,impotente ante esta situación,me gaste en una notificación Notarial,en un burofax,en tiempo,.... Menos mal ,que el abogado,me dijo que con la Jurisprudencia que hay,la demanda si se hubiera planteado,hubieramos perdido un fortunon.
¿QUE OPINA? G R A C I A S.
04/03/2010 19:55
Hola Jan.

Muchísimas gracias por contestar tan rápido.

Voy a revisarlos, y si tengo alguna duda vuelvo al tema.

Saludos.
perfil Jan
04/03/2010 17:43
Hola rbeamonte. Mi consejo es que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará detalladamente sobre lo que pregunta y sobre otras cuestiones no planteadas, pero que le afectan directamente.

A modo de ORIENTACIÓN:

1º) Requisitos para que se pueda realizar VÁLIDAMENTE el traspaso. Art 32 LAU 1964.

2º) Derecho del Arrendador a PERCIBIR un % del precio del traspaso. Art 39 LAU 1964

3º) Sobre las mercancías y existencias. Arts 41 y 39(por este orden)

Reciba un cordial saludo

Traspaso negocio
03/03/2010 21:07
Hola.

Quiero traspasar un negocio, con contrato de alquiler de 1992. En el contrato no hay detalles respecto de traspasos sucesivos y demás, y el arrendador quiere subir el precio del alquiler un 66%.

Además, quiere que le dé un porcentaje del traspaso que me van a pagar por el negocio, en el que se incluyen consumibles y materiales, que no tienen nada que ver con el traspaso.

He revisado la Ley de Arrendamientos de 1964, que entiendo que es la vigente por la firma del contrato, y dice que como máximo, se puede subir la renta en un 15% al hacer el traspaso, por no cerrar el negocio,... , y no he visto nada al respecto de ningún porcentaje que tenga que pagarle del traspaso, además de que entiendo que es algo que no le afecta.

¿Qué es lo legal en esta situación?

Gracias por adelantado, y espero que entendáis mi preocupación en este tema, ya que condiciona que se pueda traspasar o no el negocio.

Saludos.