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traspaso local

3 Comentarios
 
09/02/2006 20:19
De acuerdo con Jan, y matizo.

Los traspasos de local de negocio tras la entrada en vigor de la LAU 1994 se regirán por lo dispuesto en la Disposición Transitoria tercera de la LAU 1994( art 32 y ss LAU 1964), siempre y cuando se trate de contratos celebrados antes de 9 de mayo de 1985.

Ya solo nos queda cubrir el periodo 9.5.85/1.1.95. Y estos contratos segun DT 1ª de la vigente LAU se rigen del mismo modo que los del párrafo anterior.


perfil Jan
09/02/2006 19:47
Hola napol. En primer lugar siga la recomendación del forista Ignacio y revise su contrato. Si en él no se prohíbe el traspaso:

Los traspasos de local de negocio tras la entrada en vigor de la LAU 1994 se regirán por lo dispuesto en la Disposición Transitoria tercera de la LAU 1994( art 32 y ss LAU 1964).

Salvo mejor opinión. Un saludo.


08/02/2006 12:29
Es fundamental saber la fecha del contrato.

Si fuera posterior a 31.12.1994 te diré que la ley no habla de traspaso, aunque si de cesión de contrato. En este caso podría el arrendador elevar la renta hasta un 20% (Por tanto elevación de renta y no participación en precio de traspaso o cesión).

No obstante revisa tu contrato ya que normalmente se prohibe expresamente la cesión, traspaso o subrocgación, en cuyo cao tendrá que pasar a negociar por la taquilla del arrendador.
Traspaso local
06/02/2006 11:36
tengo un bar y voy a traspasar mi negocio a otra persona que va acontinuar con la actividad, queria saber si el arrendador del local tiene derecho a una participacion en el traspaso,es decir ¿Que porcentaje tengo que pagarle?.
Muchas gracias