Necesitaría asesoramientoen relación a como articular el siguiente supuesto de hecho:
Un cliente desea traspasar su local de negocio. Le ofrecen una cantidad por el traspaso y a la vez le abonaran una renta mensual por el local de negocio.
¿A la hora de dar forma a este supuesto que me recomendías?
Pues podría hacerse un documento privado por el traspaso y a su vez, un contrato de arrendamiento por el arrendamiento del local, estableciéndose en este segundo la renta mensual, etc...salvo mejor opinión.
Pero josecarb, el propietario del local que es exactamente lo que traspasa, con independencia del arrendamiento que se formalice por el arriendo del local????
El propietario por lo que realmente percibe una cuantía importante es por la cesión de la licencia de actividades. En este caso esa cuantía (mal dnominada traspaso) es a fondo perdido?
Entonces, nos encontramos ante dos situaciones jurídicas separadas. Por un lado el tema del arrendamiento que ya está claro. Por otro lado es que el propietario del local, a parte, ejercía una actividad en dicho local, contando pues con la preceptiva licencia municipal, y ahora lo que hace es traspasar dicha actividad al comprador no??? Pues nada, es un contrato de traspaso de negocio, que el vendedor deberá imputarlo como ingreso (dependiendo si es o no persona jurídica) y el comprador como gasto. Que quieres decir con fondo perdido???
respecto a esa cantidad en concepto de traspaso, creo que te refieres a lo que en contabilidad se conoce como 'fondo de comercio' que es la clientela, la implantación en el mercado, el tener el negocio funcionando,.... y si es eso, si que es deducible como otro gasto más de la actividad, eso si, como reglamentariamente se dispone.
no es 'recuperar' pero ningun gasto lo es no?
por supuesto, salvo mejor opinión