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Traspaso de Negocio y Fianza.

3 Comentarios
 
perfil Jan
03/11/2009 17:28
Hola papitrola. Su exarrendador NO tiene porqué celebrar un nuevo contrato ya que al producirse el traspaso el nuevo arrendatario se SUBROGA en todos los derechos y obligaciones dimanantes del contrato que firmó usted.

En segundo lugar indicarle que NO existe obligación legal de "registrar" el contrato en ningún organismo.

En tercer lugar indicarle que el NO depósito de la fianza PUEDE constituir una falta administrativa, que en nada le afectaría a usted.

Finalmente indicarle que la NO declaración de los ingresos derivados del alquiler tampoco le afecta en nada a usted.

Reciba un cordial saludo.
31/10/2009 12:18
Gracias por la respuesta, me aclara algo más, pero creo que el arrendador ha efectuado un nuevo contrato de alquiler ya que al parecer el contrato que hizo conmigo no lo registró en ninguna parte y tampoco ha declarado nada en hacienda, así com tampoco depositó nada de la fianza.
perfil Jan
28/10/2009 11:02
Hola papitrola. Efectivamente el abogado de su exarrendador tiene toda la razón. Cuando se realiza un traspaso lo MÁS FRECUENTE es incluir en el precio del mismo la cuantía de la fianza.

Por otro lado su exarrendador NO tiene obligación legal de devolverle a usted la fianza, pues la misma según el art 36 de la LAU SÓLO será devuelta cuando SE EXTINGA el contrato y, al haberse producido un traspaso, el contrato CONTINÚA en vigor.

Por lo tanto usted debe negociar con el Cesionario(persona a quien usted traspasó el local) que le abone la cuantía de la fianza.

Reciba un cordial saludo.
Traspaso de negocio y fianza.
28/10/2009 08:57
Os cuento esto para ver si alguien puede alumbrarme un poco.
Se trata de un local de negocios, concretamente un Bar, el cual esta bajo el regimen de un contrato de traspaso.
Al realizar el traspaso a otra persona y reclamar al propietario del Local la devolución de la Fianza, este y su abogado me dicen que no me la devuelven ya que según ellos yo la he cobrado al realizar el traspaso del negocio a la otra parte, cosa que no consta en el contrato y que según ellos en el concepto general de contrato de Traspaso asi se contempla. " Bueno que no me devuelven la Fianza".