Hola
quería consultar una cosa: se trata de un local comercial cuyo arrendamiento es anterior a 9 de mayo de 1985. Ahora 2011, se quiere traspasar para el mismo negocio. El problema surge en la extinción de este traspaso. Según la propiedad sería en 2015, según nosotros dentro de 10 años a contar desde la realización del traspaso en base a lo estipulado en la ley del 1994 en lo relativo a contratos de alquiler celebrados con anterioridad al 9 de mayo de 1985.
"En caso de que el arrendatario o su cónyuge traspasan el local, el contrato durará un mínimo de diez años, pero si el plazo hasta el 1 de enero de 2015 es superior, el contrato se extinguirá en esta última fecha."
¿existe alguna jurisprudencia de esto? ¿existe alguna base en la que podamos hacer ver a la parte propietaria que esta sería la fecha? ¿qué podemos hacer si los propietarios siguen en sus trece?
Un saludo y gracias
Hola nuskita. Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.