tengo pensado jubilarme y tengo un negocio con renta antigua, mi pregunta es: si traspaso la actividad el nuevo propietario se le dejaría la misma renta o el dueño, aparte de incrementarle algo por el traspaso en la renta, tendría que hacer otro contrato?
en esto estoy bastante liada, a ver si me podeis ayudar, gracias
Para traspasar te tienes que regir por la ley antigua del año 60,,,el propietario tiene derecho de tanteo y retracto ,es decir que por el precio que tu deseas el puede recuperar el local pagandotelo a ti,,,si traspasas el negocio el nuevo dueño tendra contrato hasta el año 2015 que es cuando se acaban las rentas antiguas traspasadas y se le podra subir la renta un 20%,,,hay que avisarle al dueño de la oferta que te hagan por si el quiere quedarse la tienda,,,mucho cuidado de como haces las cosas para que el dueño no aproveche de echarte a ti ,recuperar el local y actualizar la renta (eso me ha pasado a mi) ,es el momento que aprovechan para hacerlo.
Tambien tiene el dueño derecho a un porcentaje de tu traspaso,,sino recuerdo mal es un 10%,,,en el traspaso segun la ley antigua hay que ir a un notario y que el dueño del local firme como que renuncia al traspaso para sí mismo pero si hay buena voluntad lo podeis hacer en un contrato normal sin necesidad de notario,,pero cuidado hay que firmar los tres a la vez en el mismo acto.