Vivo en canarias con mi hijo y desde que quitaron el servicio de acompañamiento de menores en vueling he sido yo quien a yevado a mi hijo para que disfrute las vacaciones con su padre y lo he tenido que recojer,todo esto en mis dos días libres y siempre por el bien del niño porque otras compañías aéreas que tienen servicio de acompañamiento no tienen vuelos directos y bueno decidía llevarlo yo hacer noche allí y volverme al día siguiente,el caso es que este año no puedo llevarlo,el padre no quiere venir a por él , he encontrado un vuelo directo con servicio de aconpañamiemto de menores el único que hay pero seria a otra ciudad de donde vive el padre a unas 5 horas en coche o en ave yegaria pero al hombre tampoco le viene bien porque trabaja ,y mi pregunta es ,esta obligado el padre a venir a por él a canarias y yo recogerlo? En el convenio no dice nada de los traslados solo que yo los pago tanto la ida como la vuelta porque nos trasladamos aquí por trabajo hace 5 años, nunca había habido ningún problema porque yo se lo yevaba pero no puedo y tampoco creo que sea mi obligación tener que llevarlo y recogerlo el tendrá que implicarse un poquito que es su hijo también.gracias
Depende todo del convenio, pero si se establece que lo tienes que pagar tú se "intuye" que es obligación tuya llevarlo (directamente, un familiar, o acompañamiento) pero entiendo que no "a la península", sino a la ciudad donde residíais y de donde tú decidiste marcharte. Luego ya por supuesto todo es cuestión de voluntad, y de lidiar con las circunstancias según aparezcan, pero si vas por juzgado y ateniéndonos a derecho, en principio yo entiendo que tienes la obligación tú de llevarlo a la ciudad donde residían; si no tiene él la obligación de ir a Canarias ni de sufragar el viaje, entiendo que tampoco la tiene a otra ciudad peninsular a 5 horas de distancia.
En el convenio dice "los gastos" serán de transporte o traslado serán asumidos por la madre tanto la ida como la vuelta,pero no puntualiza nada de quien debe llevarlo o recogerlo.Donde residimos hay muy pocos vuelos directos que tengan servicio de acompañamiento de menores,la mayoría son con escala y muchas horas de vuelo,y no tenemos familia aquí,por eso mire el vuelo directo a Madrid ,buscando opciones y de ahí mi pregunta si es mi obligación yevarselo, siempre miro lo mejor para mi hijo y al padre no le supondría nada pedir un día y recojer a si hijo pero esta negado con que es mi obligación.por estos motivos necesitaría saber con exactitud si estoy obligada.gracias
Pienso que al modificarse el convenio hace 5 años por tu traslado y llevar tu lso gastos que conllevan me dan a pensar que si que eres tú la que tienes que llevarlo, igual que si no te hubieras ido es solo competencia del no custodio llevar y recojer al menor
Yo pienso que el convenio está incompleto, falta puntualizar quien recoje al hijo y quien lo retorna.porque es injusto,yo también trabajo,y dependo de las compañías aéreas las cuales hacen muchas escalas y si se mira el interés del menor sería mejor que el padre al menos pensara en su hijo y lo recogiera en Madrid,que no que mi niño se pegue 6 horas de viaje entre escalas. Muchas gracias por las respuestas
Y además yevo 5 años sin pasar unas navidades con mi hijo ni un verano, se lo mandó todas las vacaciones para que disfrute de él, cosa que en el convenio pone dos tercios del verano la mitad de las vacaciones y Semana Santa, pero veo que el mira más por el mismo que por su hijo,así que yo también me acojere al convenio.y que pasa cuando el padre dice no tengo dinero para el material escolar o para las actividades extraescolares? tengo yo que asumir todos los gastos y ya el cuando pueda me lo ingresara,en fin ... nada más,gracias
Hablalo con un abogado o pide aclaración del convenio , ami me hace pensar eso porque el convenio se cambio por tu trabajo.
Si tu lo mandas más tiempo es cosa tuya, ahí no puedo decirte más nada, en cuanto a el material escolar esta metido dentro de la manutencion y a no ser que este recogido en el cambio como gasto extraordinario esta recogido en la manutencion porque es un gasto recurrente y que se sabe que va a tener igual que los libros.
En cuanto a las extraescolares ... si le preguntas a el y el acepta dichas extraescolares si tiene que pagarlas pero si tu por tu cuenta lo apuntas y pides la mitad no tiene porqué pagar nada
Hombre lo mejor para tu hijo es pasar tiempo con los dos , si te fuiste y el acepto a cambio de que tu te hicieras cargo , yo creo que no están mal las condiciones , hay muchos padres o madres que no aceptan que sus hijos estén tan lejos y pasen con ellos ratos, mientras que los custodios tienen todo el tiempo del mundo y están tan lejos
Es que ir a recogerlo a un sitio o a otro también son gastos, económicos y no económicos. El tema es que si el motivo por el que se estableció así es que fuiste tú quien se marchó, por ese mismo motivo se deduciría que la responsabilidad del viaje (no solo económica) es tuya, porque fue decisión tuya y no tiene por qué pagar la otra parte lo que decidas tú unilateralmente. Que no indique quién ha de llevarlo o recogerlo no es necesariamente una mala cosa: puede llevarlo cualquier otra persona, un servicio de acompañamiento, o lo que quieras, cosa que si se indicara quizá no podrías. Esto no debería ser en cambio una laguna para que el que no se ha movido y ha aceptado que su hijo se vaya por interés de la otra parte, tenga que asumir ahora esa carga. Que trabajas y también te cuesta, pues es evidente, pero supongo que es lo que valorarías en su momento cuando decidiste irte a Canarias.
Respecto a vacaciones y demás, eso ya es lo que pactarais también en su momento, pero sería otro tema diferente, cada cosa por su lado.
Si no tiene dinero para gastos extraordinarios exigibles, si quieres puedes interponer una demanda de ejecución. Ahí ya cada cual. Por eso empezaba diciendo que todo es cuestión de voluntad y de llegar a acuerdos, pero que lo que el juzgado va a decir, es lo que va a decir. Si quieres ponerte rígida también en tema de pago de gastos, y cumplir a rajatabla el convenio en tema de vacaciones, pues por supuesto que puedes hacerlo. Aquí solo te informamos del aspecto legal, luego ya tu vida es cosa tuya.
Gracias por la respuestas,es lo que quería saber el tema legal,no voy a interponer ninguna demanda era por tener conocimiento de si estoy en la obligación,no todos los convenios son iguales, en mi caso por ejemplo actividades y material escolar están fuera de la manuntencion asin se acordó.
Gracias por la respuestas,es lo que quería saber el tema legal,no voy a interponer ninguna demanda era por tener conocimiento de si estoy en la obligación,no todos los convenios son iguales, en mi caso por ejemplo actividades y material escolar están fuera de la manuntencion asin se acordó.