Hola, me han dado una carta notificarme que mi puesto de trabajo esta ahora en una provincia diferente a la que trabajo. Alegan que el departamento, por razones económicas y estructurales, se va a trasladar allí. Sin embargo otros compañeros seguirán en la sede actual. Si no quiero ir me darán 20 días de indemnización. Si me voy creo que tengo derecho a que me paguen algunos gastos, cuales?
Para mi que están camuflando un despido con un traslado, si decido denunciar tendría opciones de ganar y que me den despido improcedente? Podría reclamarles alguna indemnización mas?
Creo Llobu, que no interpretaste bien la pregunta y es normal porque no lo explica bien, me explico cuando dice que si se va en la preguntase refiere a si se va al nuevo puesto, es decir si acepta el traslado (o al menos yo lo interpreto así).
Bien paso a responderte Agosto 2011, lo que tu nos planteas viene regulado con toda claridad en el art 40.1 del ET Sobre movilidad geográfica (en este caso individual), mírate este art, y veras que puedes aceptar, no aceptar e impugnar la decisión siempre y cuando realices el traslado y por último rescindir tu contrato con 20 días año (como norma general las empresas suelen realizar mal los trámites, aunque esto sólo te haría ganar tiempo,lo volverían a hacer de forma correcta y tendrías que elegir una de las opciones, por otra parte hay que estar a lo que diga tu convenio colectivo, que como norma general mejoran lo que dice el ET), por último si aceptas el traslado te tienen que compensar por los gastos generados por tu traslado. Un saludo