Soy la parte demandada para un juicio de menor cuantía. Antes de recibir la citación y por tanto antes de estar personado la parte contraria hace un traslado previo, o se supone, de un documento a través de su procurador. Consecuencia: el día del juicio no disponemos de dicho documento y el juicio se suspende ¿ De quién es la responsabilidad ? ¿ Al no estar aún personado es el juzgado quien debe de remitir el documento ? Ahora después de suspendido el juicio recibo el documento. El documento lleva el sello del registro de entrada del juzgado pero no del colegio de procuradores.¿Realmente hicieron traslado previo o no ?¿ si yo no estaba personado con procurador los traslados previos no se pasan por el colegio de procuradores?¿como va esto?
No existen los Juicio de Menor Cuantía. ¿Qué es un traslado previo de un documento?. Es normal que una vista se suspenda cuando al demandado no se le ha entregado toda la documentación, para evitar una posible indefensión. Un documento presentado por un Procurador tendrá el sello de entrada del Juzgado, no siendo necesario ni exigible el sello del Colegio.