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traslado o despido

4 Comentarios
 
Traslado o despido
21/07/2004 18:45
Trabajo en una empresa del sector de derivados del cemento, y hace un año, fue adquirida por una empresa constructora multinacional, esta empresa transformo, lo que hasta entonces eran delegaciones de la antigua empresa, en Sociedades Limitadas, y me gustaria saber, si pueden trasladar a la plantilla de la fabrica donde trabajo, a otra fabrica, por motivos de produccion, no economicos.
No se si sirve de algo, pero, la empresa a presentado un expediente de regulacion de plantilla.
Muchas gracias
21/07/2004 23:04
Si las empresas son diferentes totalmente no puede hacerlo. Ahora bien si la empresa demostrase que es un grupo de empresas, si podría hacerlo. Luego dices que la empresa ha presentado un expediente de plantilla. Sería importante que especificases en que se ha basado la empresa para presentar el expediente, y a cuanta plantilla afecta y en qué medida.
22/07/2004 15:34
La empresa es Grupo Prainsa, para ser exactos.
Se ha basado en problemas organizativos, por proximidad de dos centros de produccion, quiere eliminar uno, el problema es que el traslado que plantea la empresa, hasta el momento, es un engaño, y no sabemos si lo hacen para que no se traslade nadie o algo asi, es decir, te enseñan el camino a la calle, y querria saber si se puede ir por el camino de despidos improcedentes, o tendremos que tragar por lo que quieran.
El expediente es de extincion de empleo, y afecta a toda la plantilla de fijos o indefinidos.Ya sabemos que a treinta, los quieren despedir.
22/07/2004 20:46
Como digo el espediente es de regulacion de empleo y afecta al total de la plantilla, se basa en problemas organizativos (la matrix tiene un centro a 60 Km.); problemas de viabilidad (el centro tiene 30 años).Tambien tengo que decir que en el 2002 fue el centro de todo el grupo que mas produjo y que en los ultimos años antes de ser adsorvida por Prainsa se invirtio en la fabrica, sobre todo en gruas.
En cuanto al espediente referido al personal, han presentado; 17 personas continuan en el centro (supongo que pasarian a depender de Prainsa o otro),40 serian trasladados y 30 despedidos.
Las negociaciones ya comenzaron, pero me temo que los sindicatos no van por donde deberian.
¿No deberia de negociarse esto por la via de extincion de empleo?
22/07/2004 21:26
Vamos a ver compañero. El asunto está feo, y lo peor es que tiene mal arreglo.

Con referencia al primer paso de convertir delegaciones o centros de trabajo en unidades económicas independientes, tiene indicios de subdividir (divide y vencerás) la empresa en unidades productivas (con la creación de sociedades de responsabilidad limitada) independientes -aunque pertenezca el grupo, pero autónomas- para si alguna o todas no les son rentables, por las altas retribuciones y así poder deshacerse de ellas una a una, mediante expedientes (ERE) y basandose en causas económicas u organizativas. El grupo es un todo, es decir, tu puedes ser propietario de todas, pero no solidario: si no marcha bien, o incluso quieren cerrarlas, pues lo van haciendo una a una. De esta forma, si una a varias tienen perdidas, no repercuten a la principal y de esta forma podrán acreditar más facilmente su pretensión. En definitiva, más facilidad para el despido y más barato su coste. Si lo que pretenden es continuar, tratarán de echar a los que más ganan y posteriormente contratarán con menor salario.

Como debes saber y por lo que comentas se ha abierto un periodo de consultas y durante el mismo las dos representaciones intentarán negociar las posibles bajas voluntarias -dentro del expediente- y del acuerdo, o no, se le dará traslado a la Autoridad Laboral, quien con el preceptivo informe de la Inspección de Trabajo dictaminará lo que estime oportuno.

Por lo que respecta a los posibles traslados, esto forma parte de la negociación y no se le puede obligar a nadie a realizarlos, ya que son empresas diferentes aunque sean del grupo.

Con relación a tu última pregunta, te comento que lo que están haciendo es eso: negociando las extinciones de contratos, ya que los expedientes son suspensivos y extintivos. Los primeros son temporales y suspenden la relación laboral, cobrando los trabajadores el desempleo; los segundo extinguen la relación laboral con los efectos que la situación implica.

Saludos.