Pues yo he tenido los dos supuestos: Ordinario con oposición y, bien demanda de juicio ordinario notificada al cliente demandado, bien traslado de copia de demanda al procurador designado en el monitorio. Y las dos resultan válidas. Para mayor celeridad del asunto traslado de copia al procurador.
A ver si me podeís aclarar esta duda.He presentado una demanda de juicio ordinario derivada de monitorio(dentro del plazo de un mes desde el escrito de oposición d ela contraparte). Me imagino que no hay que hacer traslado de copias porque es la primera comparecencia en juicio, pero al dirigirse al mismo juzgado que conoció del monitorio y derivar de éste me ha surgido la duda.