Me han dado traslado de la continuación de unas diligencias previas como procedimiento abreviado, dándome 10 días para el escrito de acusación. Voy como acusación particular, pero solo con abogado. ¿Cuándo es obligatorio el procurador: cuando se decrete la apertura del juicio oral o ya tengo que tenerlo para este escrito de acusación?
Por otro lado, ¿los 10 días cuentan desde la notificación o desde que me den las copias de todo?
Cuando se está como acusación particular la personacion desde el inicio es con abogado y con procurador.
Diferente en caso de defensa que es a partir de la apertura del juicio oral.