si esta representado por letrado y procurador la calificación se pasa al profesional, supongo que el letrado ya habrá comentado el particular con su cliente (el acusado). El procurador es quien representa al acusado y es quien recibe proveídos y todo tipo de notificaciones en su nombre .... no hay nulidad!
¿Podría solicitarse la nulidad de un procedimiento penal (Sumario) por falta de traslado de la acusación fiscal de forma directa al acusado?. La vista se encuentra señalada pero al acusado no se le ha dado traslado de dicho escrito. A su representación y defensa sí.