Buenos días. Os quería consultar, cual es vuestra opinión sobre si el traslado al puesto de trabajo, teniendo que desplazar desde una isla a otra, cuenta como horario laboral. Hasta ahora , la empresa había considerado horario laboral, pero no había nada firmado. Ahora, con la nueva situación de "crisis", lo han eliminado de un plumazo. La cuestión es...El domicilio está a 15'5km del puerto en donde se tiene que tomar un ferry para pasar de una isla a otra. Ese ferry tarda 35 min en llegar a la otra isla que está a 20'40km. Y después, desde el puerto de destino al lugar de trabajo hay 3 km. Se tiene que tomar un vehículo, un barco y un taxi.
Quería que me echarais un cable y saber vuestra opinión. Muchas gracias por adelantado. Un saludo