Buenos días,
Tengo una duda, me gustaría que me dieran sus opiniones.
hace una semana y media que he perdido a mi bebe, estoy de baja, desde la amniocentesis, he tenido que esta de reposo absoluto todo este tiempo, para acabar como ha terminado, mi duda es que donde yo vivo no esta la mutua que me corresponde, te tienes que trasladar a unos 20km ida y vuelta serian mas de 40km,
Mi dudas es la siguiente; ¿tienen ellos que pagarme el traslado?, por que los autobuses, nunca coincide con el horario que ellos me dan, me han llamado por cierto ya bastantes veces a sabiendas de que estaba en reposo absoluto y después ingresada en el hospital, cuando me dan cita por teléfono le he tenido que decir varias veces (dos) que no puedo ir, primero por lo explicado anteriormente y ahora tendré que ver que horario coincide con la cita que ellos me den.
A ver si me sacan de este mar de dudas.
Gracias de antemano por las respuestas
Ellos no te lo van a decir nunca, pero están obligados a facilitarte el transporte 8en ambulancia si fuera necesario) para reconocerte y aa abonarte los gastos de locomocion.
Ponte en contacto con ellos y que te faciliten los impresos (puedes buscarlos en la web de algunas compañias)
Les voy ha pegar lo que he encontrado, aunque haya sido Archilla quien me a contestado estoy abierta a mas opiniones.
ante todo Archilla muchas gracias.
Les pego esto:
Sobre los costos del desplazamiento a la Mutua por parte del trabajador/a citado/a la gene-
ralidad de las Mutuas asume el costo del transporte público utilizado, sin embargo en oca-
siones se producen controversias al respecto. En este sentido la obligatoriedad de asumir
este costo por parte de las Mutuas es exigible al entender el mismo como parte del coste
de los controles médicos de comprobación de la I.T. (tipo de coste al que se refiere expre-
samente la normativa). También para resolver este tipo de cuestiones contamos con la red
de interlocución implementada.
Para entender el tipo de colaboración que las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Pro-
fesionales hacen en esta contingencia hay que acudir, en primer lugar, a la causa que la origina: El Real
Decreto 575/1997 por el que se regulan determinados aspectos de la Gestión y el Control de la Presta-
ción Económica de la Seguridad Social por Incapacidad Temporal (BOE 24/04/097), se inscribe, en el
programa del Gobierno de lucha contra el uso indebido de la protección social y el fraude, «lucha que
si siempre debe ser objeto de una actuación decidida de las Administraciones públicas, lo es más
cuando ese fraude afecta a la protección social, detrayéndose, de esta forma, recursos públicos que la
sociedad, a través de sus legítimos representantes, previó para unas finalidades específicas de protec-
ción y de cobertura de situaciones de necesidad».
Queda entonces clara la razón por la que sólo a partir del 16o día de baja pueden las Mutuas llamar a
los trabajadores/as en situación de baja a este tipo de revisiones. No obstante hay que añadir un ele-
mento: la capacidad de control del empresario.
CURSO PRÁCTICO PARA MIEMBROS DE LA RED SINDICAL DE ASESORAMIENTO Y RESPONSABLES DE SALUD LABORAL
SOBRE MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Me he puesto a buscar el formulario y no he encontrado ninguno, solo me encontrado esto que he pegado.
en una web que se llama Istas.
Ha ver si me podéis ayudar.
Gracias.
Buenos dias, pues en su web no tienen el formulario, asi que se lo pedire cuando vaya y que me lo de en papel.
Una cosilla las citas que me den, me las tienen que dar, por telefono o tienen que ser por carta certificada o por burofax?, las llamadas de telefono no tienen validez, para citarte e ir a la mutua.
Gracias, Archilla.
hola, por mi experiencia reciente, estan obligados a pagarte el traslado, si es por tu propio medio por kilometraje... el cuanto lo tienen estipulado ellos, eso sí, tienes que ir con todo el morro y no pedir SÍ pagan, hacer como yo, A CUANTO pagais el kilometraje y con convencimiento que sepan que sabes de que va el tema.
Otra cosa, si te es imposible desplazarte por tu propio medio, ves al medico de cabecera que valore tu estado y te haga un volante con tal no puedes desplazarte por tus propios medios y menos con transporte publico por tu estado, y que recomienda traslado en ambulancia, si más no, ve y consultale a él que te podrá asesorar mejor en esto, yo no he estado en tu situacion, pues me he podido desplazar con mi propio vehiculo o de conocidos.