Soy italiano residente fiscal en España desde 2010. Mis padres, desde hace tres años, emiten una trasferencia periódica (1.400€ mensuales) desde un banco italiano, donde yo figuro como autorizado, a mi cuenta española donde soy titular. No he tenido que declarar la cuenta corriente italiana en el Mod.720 por no alcanzar nunca el saldo de los 50.000€ mínimo.
¿Ser autorizado en la cuenta italiana es condición suficiente para que Hacienda no pueda considerar las trasferencias como una donación y no tener ninguna consecuencia en IRPF en España? Me pueden pedir la origen del dinero y sería suficiente decir que son ahorros de cuando no era residente fiscal en España?
Muchas gracias.