Tras rescindir el contrato de alquiler por incumplimiento del inquilino .
Ya han pasado varios meses y se dejó algo de ropa y un televisor viejo .
En estos meses no reclamó nada pero yo , como dueño del piso , quisiera dejar la ropa y el televisor en algún sitio por si lo reclama más adelante.
¿Cómo se hace esto?¿Hay alguna consigna legal en la que si en un plazo determinado no lo recoge se puede tirar o qué hago ? No quiero que luego venga a reclamar nada .
Ud. no tiene la obligacion ni de guardar ni por tanto de devolver pertenencias ajenas. No hay ningún artículo en la Ley que diga que ud. tiene que hacer eso.
Si el inquilino se ha ido y ha abandonado objetos, no puede reclamarlos. Su obligacion era llevarselo todo y dejar el piso vacio.
Mas bien al contrario es ud. quien podría reclamarle al inquilino los gastos ocasionados por tener que llevarse esos objetos o por tirarlos a la basura o por lo que sea. No merece la pena porque será una cantidad ínfima, pero desde el punto de vista jurídico es como le digo.