Buenos dias, tengo un cliente cuyo segundo domicilio es propiedad unicamente de el, (y no de su esposa, con la que está casada en gananciales), en virtud de una donación que le hizo su padre. Cuando su padre se la hizo la casa era una casa antigua muy distinta de la de hoy en día, en la rehabilitación de la citada vivienda ha contribuido a la misma su esposa con dinero que ella había heredado. El señor es muy mayor y me comentá que quiere que si se muere su mujer tenga el 50% de la propiedad de la vivienda y el usufructo de su 50%, en base a ese dinero que ella aportó, aunque no quiere que se le reconozca ese dinero que aportó actualizado a fecha de hoy, sino que a su muerte sea propietaria del 50% de la casa.
Actualmente estoy barando dos opciones para llevar a cabo los deseos de mi cliente, bien donación del 50% a su esposa o bien aportación a la sociedad de gananciales.
Pues bien, en el citado caso que es más beneficioso fiscalmente, o porque tienen que tributar menos, por el impuesto de donaciones o por transmisiones patrimoniales gratuitas inter vivos?