Procedimiento de ejecución dineraria en el que tenemos embargado judicialmente un vehículo del ejecutado. Hemos alcanzado a un principio de acuerdo para que el ejecutante se adjudique el vehículo por un precio determinado a descontar del principal reclamado. La duda que tengo es cómo instrumentalizarlo procesalmente: ¿Como una entrega directa del art. 634 LEC, realizando un contrato de compraventa o dación en pago parcial que sea homologado judicialmente? ¿A través de convenio de realización del art. 640.3 LEC? Gracias.